TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la si- guiente, O R D E N A N Z A Nº 157 -------------------------------- ARTICULO 1º.- Prohíbese el tránsito pesado (Camiones, carros, acoplados, tractores, ------------------ etc.) en los caminos de tierra de la jurisdicción durante las veinticuatro (24) horas inmediatas a cada, lluvia.------------------------------------------------------ ARTICULO 2º.- El Departamento Ejecutivo previo dictamen de los organismos compe- ------------------ tentes o, en su caso, de la Dirección de Vialidad de la Provincia podrá ampliar hasta tres (3) días y/o disminuir el plazo de la prohibición determinada por el artí- culo 1º dando a publicidad inmediataa por los medios masivos de comunicación sus deci- siones. ---------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 3º.- Impónese una multa de hasta QUINIENTOS PESOS ($ 500.=) para ------------------ los infractores de la prohibición establecida en los artículos anteriores. En caso de reincidencia, el D. Ejecutivo procederá a la reparación del camino afectado, a costa del o de los infractores.------------------------------------------------------------ ARTICULO 4º.- Encomiéndase al D. Ejecutivo la estricta vigilancia del cumplimiento de ------------------ las disposiciones coincidentes del Código de Tránsito de la Provincia (art. 80) y la concertación de los convenios necesarios para la Direcci6n de Vialidad.---- ARTICULO 5º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.---------------- ------------------ DADA en la Sala de Sesiones del H. Concejo Deliberante, a dieciocho días del mes de junio del año mil novecientos setenta y cinco. FIRMADO: LUIS C. BUONASSISI - Presidente; MARIA ELENA PAGANINI - Secretaria.---------------------------------